¿Se arrepintió de hacer una compra? Esto debe hacer para que le devuelvan la plata sin problemas

  Sep 6, 2025 – 11:54 am

Las compras en Colombia tienen ciertos límites de tiempo y requisitos para la retractación. La normativa vigente permite que el usuario devuelva un producto y reciba un reembolso a cambio.

Este derecho está regulado por la Ley 1480 de 2011 (Estatuto del Consumidor), específicamente en su Artículo 47, y es supervisado por la Superintendencia de Industria y Comercio.

Lo primero que debe tener en cuenta es que el consumidor tiene un plazo de cinco días hábiles para arrepentirse de la compra en Colombia. Este periodo se cuenta a partir de la fecha de entrega del producto o de la celebración del contrato en el caso de la prestación de servicios.

Para ejercer este derecho, solo debe comunicar su decisión al proveedor. No se requiere dar una explicación o justificación, pero el cliente debe devolver el producto en las mismas condiciones en que lo recibió.

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Asimismo, para solicitar la devolución del dinero no es necesario presentar, por ejemplo, la factura de la transacción.

¿Qué debe considerar para que le devuelvan el dinero de una compra en Colombia?

  • El consumidor es responsable de los costos de envío y transporte del producto de vuelta al proveedor
  • El proveedor tiene un plazo máximo de 30 días calendario para devolver el dinero al consumidor
  • La devolución del dinero debe ser por la totalidad de las sumas pagadas, sin que el proveedor pueda hacer descuentos o retenciones

¿El consumidor puede arrepentirse de cualquier compra en Colombia? Aplica en estos casos

  • Ventas a distancia o por medios no tradicionales: Como compras por internet, teléfono, catálogo o televisión
  • Ventas con financiación directa: Cuando el proveedor le otorga el crédito directamente al consumidor
  • Ventas de tiempos compartidos

Finalmente, un consumidor no puede arrepentirse de una compra en Colombia cuando se trate de contratos de servicios cuya prestación ya ha comenzado con el consentimiento del consumidor.

Tampoco cuando son productos elaborados conforme a las especificaciones del cliente o que han sido personalizados o bienes de uso personal, como lo es la ropa interior o productos de higiene.

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